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[Paradoja #3] ¿Qué ocurre con la restitución de tierras?

Por: Maria Camila Dávila - Maria Reyes - Valentina Rueda // Análisis de conflicto


Catorce estudiantes de la clase de Análisis de Conflicto se dieron a la tarea de trabajar cinco infografías que dan cuenta de hechos aparentemente contrarios a la lógica, pero que evidencian que las causas profundas de la guerra permanecen ahí, sin resolver. A junio de 2021, la tierra despojada en Colombia tendría que estar de retorno a sus dueños originarios, pero a hoy el número de tierras restituidas es mínimo.

FOTO: Imagen del usuario USA-Reiseblogger en Pixabay

Dentro de un período de vigencia que va desde enero de 1991 hasta el 10 de junio de 2021, la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas (URT) tiene establecido restituir las tierras que fueron abandonadas forzosamente debido al conflicto armado. La restitución se estableció como un derecho dentro del marco de reparación integral a las víctimas y aunque en Colombia se ha considerado fundamental llevarla a cabo, las personas beneficiadas no alcanzan ni el 5%.


En ocho años de implementación de la Política de Restitución de Tierras —establecida en la Ley 1448 del 2011diferentes fuentes estiman que las tierras despojadas o abandonadas forzosamente están entre 1,5 millones y 10 millones de hectáreas. Andrés Augusto Castro, director de la URT, afirma que 375 mil hectáreas han sido restituidas, equivalente a 7,5 mil predios, faltando aún entre 1,1 millones y 9,6 millones de hectáreas por restituir. A pesar de que son 45.460 las personas beneficiarias de la restitución, en el mejor de los casos, el avance efectivo de la restitución para el año 2018 fue del 15%. Se estima que del 55% de la población colombiana que era propietaria de estas tierras, el 94% abandonó su propiedad como consecuencia de desplazamiento y despojo en razón del conflicto armado. A partir de este dato, se establece que 3,8 millones de personas han sido víctimas de despojo y abandono forzoso en el país.

 
 

El procedimiento para la restitución de tierras se divide en etapas y subetapas. La primera etapa es la administrativa donde las víctimas que deseen reclamar su predio acuden a las URT para que esta adelante las labores de verificación de los requisitos de ley para llevar a cabo la acción de restitución. Surtida esta fase, la URT procede a inscribir a los solicitantes y a la tierra al Registro de Tierras Despojadas y Abandonadas Forzosamente, para que los solicitantes puedan acudir a los jueces civiles especializados en restitución de tierras. De ahí, se pasa a la etapa judicial, en la que un abogado, contratado por los solicitantes o designado por la Defensoría del Pueblo, presenta una solicitud de restitución de tierras junto con todo el material que demuestra que efectivamente existió un despojo o un abandono forzado por el conflicto armado. Según la URT, (80% de las solicitudes han pasado por etapa administrativa. Sin embargo, 64% de estas han sido negadas. De esta manera, el 24% han entrado en etapa judicial y, de estas, el 12% tiene solución en instancias judiciales.

 
 

De los 1.258 casos que la Comisión Colombiana de Juristas ha litigado durante los últimos cinco años, en el 10% de los casos hubo una participaron por parte de entidades públicas en los procesos para oponerse a las pretensiones y derechos de las víctimas. Se trata de entidades como: la Agencia Nacional de Hidrocarburos, la Agencia Nacional de Infraestructura, la Agencia Nacional de Minería, el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (INCODER), el Banco Agrario, Ecopetrol y Fiduprevisora. Dentro de los casos litigados por la CCJ, en donde hubo oposición por parte de entidades públicas, en el 63% la oposición fue presentada por las entidades de hidrocarburos, sector que aportó de manera significativa a la campaña presidencial.


Si estás interesado en conocer más acerca de esta situación puedes revisar los siguientes links:

 

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